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viernes, 29 de marzo de 2024 00:00h.

POR EL 'MOBBING' A UNA FUNCIONARIA

La acusación pide dos años de cárcel y 10 de inhabilitación para Ángela Mena

La principal encausada es Ángela Mena, esposa del presidente del Gobierno de Canarias, Paulino Rivero, junto con otros cinco cargos y ex cargos del Consistorio.

Angela Mena y Paulino Rivero
Angela Mena y Paulino Rivero

El abogado de la afectada exculpa por completo al ex concejal del PP, Ángel Llanos, y asegura que firmó el traslado por “confiar erróneamente”.


Belén Molina.-La acusación particular pide dos años de prisión y 10 de inhabilitación para cargo público para cada uno de los seis acusados del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife por acoso laboral o mobbing sobre una funcionaria, que debió ejercer como directora del Centro Municipal de la Mujer pero a la que dejaron sin funciones entre 2007 y 2012. La principal encausada es Ángela Mena, esposa del presidente del Gobierno de Canarias, Paulino Rivero, junto con otros cinco cargos y ex cargos del Consistorio.

En el escrito presentado la semana pasada por el abogado de la afectada, José Pérez Ventura, se acusa de los delitos de acoso laboral y de prevaricación por omisión. Por el primero pide dos años de prisión y, por el segundo, los 10 de inhabilitación.

Los acusados son Ángela Mena, que entre 2007 y 2011 fue concejal responsable, entre otras, del área de la Mujer; Nieves Pérez Marichal, directora de Recursos Humanos desde 2006, y al ex coordinador general de Relaciones Personales, Enrique Núñez Ruano.

De los mismos delitos se acusa a María del Cristo Díaz, Miguel García de León y la ex secretaria del Consejo Municipal de la Mujer y secretaria de Ángela Mena, Electra Bermúdez.

La petición de condena por prevaricación por omisión choca con el auto de la jueza de Instrucción 4, Lorenzo-Cáceres Farizo, quien en mayo pasado dicto auto para transformar las diligencias previas en un procedimiento abreviado y en el que sólo acusó de acoso laboral a los seis encausados.

Sin embargo, Pérez Ventura insiste en que, por fuerza, se dio también un delito de prevaricación por omisión (al no denunciar ni poner fin a la situación creada con la funcionaria, de la que eran conocedores los acusados, de acuerdo con las pruebas de la investigación judicial.

Dos meses después, la Fiscalía de Santa Cruz de Tenerife emitió un informe en el que argumentaba que, a la vista de la instrucción, no cabía causa penal por darse los tipos propios de un mobbing, pero sí responsabilidad civil contra el Ayuntamiento por “caótico” e “incapaz” de solucionar el problema en cinco años.

La relación de hechos sobre el posible mobbing arranca desde que en 2007 la afectada tomó posesión de su plaza ganada por concurso como técnico de programas transversales, plaza que fue eliminada en una nueva Relación de Puestos de Trabajo, hasta 2012, año en que inició la instrucción de esta causa el juzgado de Instrucción 4 de Santa Cruz de Tenerife.

Se relatan los hechos y acciones que, para la acusación particular conforman el tipo delictivo de acoso laboral, el principal de todos, el vaciamiento de funciones de la denunciante a favor de una interina (Ana Belén Crespo, citada como testigo) que ya ejercía las funciones inherentes al cargo de la primera desde años antes y para la que se creó una plaza ad hoc. El vaciamiento aumentó con la llegada al Centro Municipal de la Mujer de una trabajadora social “rescatada” con carácter de urgencia de la Subdelegación del Gobierno y a la que se atribuyeron funciones temporales que se mantienen en la actualidad.

Ese vaciamiento de funciones y el hecho de que en 2009 parte de los acusados pretendieran trasladar forzosamente a la funcionaria afectada a una comisión no pedida por la misma, conllevó una sentencia firme del juzgado de lo Contencioso-Administrativo 4 de Santa Cruz de Tenerife a favor de la trabajadora y que dio pie a la denuncia penal.

Ángel Llanos, libre de toda culpa

Otro de los datos que llaman la atención en el escrito de la acusación particular es que se libra de toda culpa al ex concejal del PP, Ángel Llanos, que fue quien firmó la orden de traslado de la funcionaria, cuando tan sólo llevaba 15 días como concejal responsable de Recursos Humanos.

En el escrito se afirma que firmó esa resolución “desconociendo las circunstancias y antecedentes concurrentes, confiando erróneamente en la corrección del informe-propuesta que le fuera elevado”.

La jueza de Instrucción 4 dictó en mayo el sobreseimiento provisional de Ángel Llanos, pero tras el escrito de Ventura, y dado que no hay acusación fiscal, la jueza se deberá dictar el sobreseimiento libre o definitivo.

De todas formas y hasta que haya juicio oral, si lo hay, podrían transcurrir al menos entre año y año y medio. Falta que la Audiencia Provincial se pronuncie sobre los recursos de apelación contra el auto de la jueza que han elevado los seis acusados. Según el resultado, habría que dictar nuevo auto en el juzgado de instrucción sobre la apertura de juicio o dictar el archivo.

Canarias Ahora