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jueves, 28 de marzo de 2024 08:29h.

La retención en el IRPF a los profesionales crece del 15% al 21%

El BOE recoge el cambio en la tributación, pero contradice lo adelantado ayer. El Gobierno había ocultado la medida en todas sus comparecencias

Letra pequeña sobre letra pequeña. Ayer, durante la rueda de prensa del Consejo de Ministros, ningún miembro del Ejecutivo –ni Soraya Sáenz de Santamaría, ni Luis de Guindos, ni Cristóbal Montoro– dijeron nada de que cambiaría la retención fiscal de los profesionales liberales y autónomos. Tampoco lo había anunciado Mariano Rajoy el miércoles en el Congreso. El recorte, no obstante, sí aparecía en la referencia de los acuerdos aprobados que el Gobierno divulga tras su reunión de los viernes y que cuelga tiempo después de la comparecencia en la web.

"Se eleva temporalmente, del 15% al 21%, la retención por rendimientos de actividades profesionales y el ingreso a cuenta por rentas del trabajo derivados de impartir cursos, seminarios o conferencias, obtenidos desde el 1 de agosto de este año hasta el 31 de diciembre de 2013".

Es decir, una modificación del pago del IRPF encubierta para autónomos y los llamados profesionales liberales, como abogados, arquitectos, diseñadores, músicos, free lance, periodistas que cobran de tertulianos en medios de comunicación. En definitiva, autónomos y todos los que venden su trabajo, facturan por ello y lo incluyen después en la declaración de la Renta. La medida afecta también a los que imparten esporádicamente cursos o conferencias y reciben una remuneración.

El preámbulo del decreto dice que la retención será del 21%; el articulado, que será del 19%

Pero el Gobierno se ha superado a sí mismo y riza el rizo. En el real decreto ley publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado, de 91 páginas, se dice esto: "Se eleva el porcentaje de retención o ingreso a cuenta aplicable a los rendimientos del trabajo derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares, o derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas, siempre que se ceda el derecho a su explotación, y a los rendimientos de actividades profesionales, que se satisfagan o abonen a partir de 1 de septiembre de 2012, quedando fijado hasta el 31 de diciembre de 2013 en el 21%".

No se sube el gravamen

Pero si uno acude a la parte dispositiva, al articulado del real decreto ley, se dice que la retención será no del 21%, sino del 19%. El texto modifica el apartado 3 del artículo 101 de la ley del IRPF, en estos términos: "El porcentaje de retención e ingreso a cuenta sobre los rendimientos del trabajo derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares, o derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas, siempre que se ceda el derecho a su explotación, será del 19 por ciento [...]". También se cambia el apartado 5 del mismo artículo, para que esa retención del "19 por ciento" se aplique a los rendimientos derivados de todo tipo de actividades económicas.

"La intención es que sea del 21%, así que habrá que corregir el error", afirma Hacienda

Entonces, ¿a qué hay que atenerse? ¿Al 19% o al 21%? Público contactó con el Ministerio de Hacienda para preguntar por la chapuza legal. "La intención del Gobierno es subir la retención hasta el 21%, desde luego, de modo que si el BOE en la parte dispositiva habla de un 19%, habrá que cambiarlo y saldrá una corrección de errores en los próximos días en el BOE", comentaba un portavoz oficial. "En cualquier caso –precisaba–, no se trata de una subida fiscal, sino de un adelanto del cobro por parte de la Agencia Tributaria". 

Es decir, no se sube el gravamen, pero sí la retención. Así, cuando un profesional pasa una factura, Hacienda le detraerá a partir del 1 de septiembre no un 15%, sino un 21%. Es decir, se queda, por lo pronto, con más porción de la factura, con lo que así Hacienda tiene más liquidez. Después, al cerrar el ejercicio fiscal, el profesional hará la declaración de la renta, donde al analizar todos sus ingresos se verá si tiene que pagar más o es la Agencia Tributaria la que debe devolver.