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jueves, 28 de marzo de 2024 08:29h.

Los colectivos Deportivos de la Gomera ya pueden pedir la Subvención del Cabildo

La convocatoria se ha publicado en la web de la institución Insular y los documentos a los que hace referencia se pueden descargar en este enlace.

SEDE CABILDO LA GOMERA

El Cabildo de La Gomera comunica hoy a través del Boletín Oficial de la Provincia (BOP) las subvenciones a asociaciones deportivas sin ánimo de lucro para la realización y fomento de actividades correspondientes a la temporada 2015-16.

La Convocatoria del Plazo abierto para acogerse a las subvenciones está publicada en la Web de la Institución Y los Colectivos deportivos que deseen acceder a la Documentación y las Bases que rigen el proceso pueden descargarse en este Enlace.

Los presupuestos de la Corporación Insular contemplan en este ejercicio una partida de 150.000 euros que lleva por nombre: Promoción y Fomento de Deportes. El objeto y finalidad de la convocatoria es la concesión en régimen de concurrencia competitiva de subvenciones a las asociaciones y entidades deportivas.

Quedan excluidas las que dependan de las administraciones públicas, delegaciones, federaciones cuyo ámbito sea suprainsular y cualquier otro tipo que no sea estrictamente deportivo. El fin de las ayudas es la participación, realización y fomento de actividades de este tipo, resolviéndose la convocatoria mediante un único procedimiento de selección.

Los beneficiarios serán las asociaciones y entidades legalmente constituidas, dotadas de personalidad jurídica y domicilio social en la Isla que cumplan con los requisitos establecidos en las bases específicas. La cuantía máxima a subvencionar vendrá determinada en función de la baremación realizada, “no pudiéndose en ningún caso superar el 100% del coste del proyecto presentado”.

Los gastos a cubrir serán los que vengan soportados por facturas durante la temporada 2015-16, vinculados al proyecto y de acuerdo a lo establecido. El plazo de presentación de solicitudes para acogerse a las ayudas será de 20 días a contar a partir de mañana, día siguiente a la publicación en el BOP. En este caso se trata de una partida que se revierte de manera indirecta en diferentes servicios a los que acuden las entidades como son el transporte, manutención, equipamientos o diferentes gastos relacionados con su actividad.