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viernes, 29 de marzo de 2024 00:00h.

“EL COMUNICADO DE HOY DEJA BIEN A LAS CLARAS UNA VEZ MáS LA BAJA CATADURA MORAL DE QUIENES FIRMAN EL MISMO, ES DECIR, NC-AD GOMERA

El Grupo de Gobierno de Hermigua anuncia que emprenderá acciones legales contra la Oposición

El Grupo de Gobierno en el Ayuntamiento de Hermigua no sale de su asombro ante los ataques injustificados a uno de sus miembros. Con esta actitud, Nueva Canarias AD Gomera deja meridianamente clara su catadura moral.- Afirma el Gobierno Local.

AYUNTAMIENTO DE HERMIGUA

“La oposición vuelve a demostrar una vez más que lo suyo son las políticas de acoso y derribo, de entrar en lo personal y de mentir descaradamente  “han afirmado hoy al unísono los miembros del equipo de gobierno ante el comunicado de prensa hecho público por la concesión de un anticipo a un concejal “hablamos de entender las situaciones de las personas y dentro de la Ley y esto hay que recalcarlo, responder a sus demandas como ha sido el caso y desde luego no confundir a la ciudadanía y tratar de dañar la imagen de uno de los miembros de este equipo de gobierno.”

“Es más –continúan— se pone en tela de juicio una resolución de la Alcaldía que encima es idéntica a la firmada por la ex alcaldesa en años anteriores con lo cual vuelven a hacer bueno el dicho de la viga en el ojo propio y la paja en el ajeno”.

Frente a lo que se dice en el comunicado referido lo realmente cierto y así se ha justificado por los técnicos de este Consistorio es que el Real Decreto-Ley de 16 de diciembre de 1929, establece en su artículo 1 que los funcionarios públicos de las diversas carreras y profesiones de la Administración Civil del Estado que tengan sus haberes detallados en los Presupuestos de gastos de los diferentes Departamentos ministeriales, tendrán derecho a percibir, como anticipo, el importe de una o dos pagas o mensualidades de su haber líquido, cuando lo necesiten para atender urgentes necesidades de su vida.

El mismo Real Decreto-Ley, en su artículo 19 hace extensivos los beneficios otorgados por esta norma a los funcionarios dependientes de las Diputaciones Provinciales y de los Ayuntamientos.  

La norma reguladora fundamental en este ámbito es la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público el Estatuto Básico del Empleado Público, (EBEP). El artículo 9 EBEP engloba como empleados públicos a quienes desempeñan funciones retribuidas en las Administraciones Públicas al servicio de los intereses generales. 

El Código Penal en su artículo 24 delimita claramente, y en interpretación auténtica, qué debe entenderse por funcionario público: todo el que por Disposición inmediata de la Ley o por elección o por nombramiento de autoridad competente participe en el ejercicio de funciones públicas»; y la autoridad, como quien «por sí solo o como miembro de alguna corporación, Tribunal u órgano colegiado tenga mando o ejerza jurisdicción propia»

Como consecuencia de lo que antecede no existe inconveniente alguno en que se pueda realizar el anticipo reintegrable sobre el sueldo que tiene reconocido el Concejal por el Pleno de su Ayuntamiento, siempre y cuando el reintegro se lleve a efectos antes de la finalización del mandato corporativo.

El  Concejal Sr. Febles tiene reconocido, por mucho que le pese a la oposición, el derecho a percibir retribuciones al desempeñar el cargo en régimen de dedicación parcial, por un determinado importe.

Los tribunales se vienen manifestando al respecto de forma favorable, siempre que se tenga nómina abonada por el Ayuntamiento que sirva de garantía al anticipo, como ocurre en el presente caso.

A título de ejemplo, está la sentencia 49/2008 de fecha 22 de diciembre emitida por la Audiencia Provincial de Murcia, en la que señala lo siguiente: “(…) En el presente supuesto hemos de partir de un hecho esencial probado durante el proceso, en concreto la inexistencia de normativa legal en torno a la entrega de anticipos por parte de la corporación a los concejales liberados y con cargo a sus remuneraciones.(…) La forma de proceder no es contraria a derecho, por cuanto no existe una norma que prohíba esta forma de actuar que en absoluto es ilícita (…)”.

Frente a todo esto y una vez leído el comunicado de NC-ADG ¿qué es lo próximo que nos deparará esta oposición?, ¿va a hacer públicas las ayudas de emergencia social o los vecinos que tienen deudas con el Ayuntamiento o quienes se les incoa un expediente urbanístico?, ¿de verdad es esa toda la acción de la oposición que pueden esperar los vecinos de Hermigua?.

Sinceramente no es de recibo que se critique a este Ayuntamiento por resolver con inmediatez y celeridad lo que antes, quienes ahora están en la oposición, tardaban meses en hacer, y no sólo en materia de sueldos y salarios.“

“La oposición sigue dejando a las claras que cuando los gobernantes se olvidan de las personas y se dedican exclusivamente a mirarse su ombligo y su bolsillo  que por otra parte es lo que han hecho los miembros de la oposición cuando gobernaban, pasan cosas como esta.

“El comunicado de hoy deja bien a las claras una vez más la baja catadura moral de quienes firman el mismo, es decir, NC-AD Gomera, ya  que pocas cosas hay peores que mentir a sabiendas de que se está mintiendo y además hacerlo públicamente por lo cual adoptaremos las medidas legales correspondientes”.