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martes, 23 de abril de 2024 00:00h.

Aprobadas por el Cabildo, las bases para subvenciones a entidades y asociaciones sin ánimo de lucro

Deberán de realizarse actividades deportivas, musicales, culturales y educativas en el presente año dentro de la isla de La Gomera

La Junta de Gobierno del Cabildo Insular de La Gomera ha aprobado hoy, por unanimidad, la propuesta de bases que han de regir la concesión de subvenciones o ayudas a aquellas entidades y asociaciones sin ánimo de lucro que realicen actividades deportivas, musicales, culturales y educativas para el ejercicio 2013.

El presidente del Cabildo, Casimiro Curbelo, apuntó que “es importante ayudar a estas entidades y para la presente convocatoria derivaremos una partida total de 280.000 euros en subvenciones”.

Pueden ser beneficiarios de las mismas todas aquellas entidades y asociaciones sin ánimo de lucro y con residencia habitual en La Gomera y que lleven realizando sus actividades en la Isla de forma continuada con más de un año de antigüedad, que estén constituidas legalmente e inscritas en los respectivos registros y que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley 4/2003, de 28 de febrero, de Asociaciones de Canarias, antes de la resolución del expediente de concesión de subvenciones.

Igualmente, los solicitantes deberán haber procedido a la justificación de las subvenciones o ayudas concedidas por el Cabildo, con cargo a ejercicios anteriores, en forma y plazo, en su caso, requisito sin el cual no podrán acogerse a la presente convocatoria.

Son subvencionables las actividades programadas por entidades y asociaciones sin ánimo de lucro durante el periodo comprendido entre julio de 2012 y junio del presente año y referidas a proyectos, programadas y actividades de carácter continuo o temporal afín a los objetivos de la Institución insular así como a los de la asociación; proyectos y actividades de carácter cultural, educativo o deportivo, entre otros, así como proyectos, eventos y actos de carácter específico.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).