La Placa de Vado sólo faculta la retirada del vehículo molesto

El Vado otorga derecho a recabar auxilio de las autoridades para retirar los vehículos que obstruyan el normal funcionamiento del garaje, pero no significa que se autorice el normal uso del mismo, afectando a las facultades de dominio de aquellos que no lo posean. Bloquear un garaje es una coacción tipificada en el Código Penal

Hay temas legales que, por su trascendencia de cara al ciudadano, siempre son polémicos y confusos. Hoy vamos a intentar tratar uno de ellos. Se trata de la prohibición (o no) de estacionar delante de un garaje que no tenga la placa de Vado Permanente, esto es, la licencia municipal.

Primeramente, si en esa zona existe una línea amarilla. Si es continua, no se puede estacionar ni parar. Aquí no haría falta examinar la existencia o no de Vado, y no habría duda. Aunque mucho ojo con la picaresca: placas de Vado falsas o líneas amarillas pintadas por los propios vecinos son situaciones que se han dado en numerosas ocasiones.

Los problemas surgen cuando, no habiendo placa de Vado, hay una línea amarilla discontinua (que permite estacionar y parar en determinados momentos del día, según lo que indiquen las señales cercanas) o si directamente no hay ninguna línea. La duda es, ¿puedo estacionar en ese lugar?


El Reglamento General de la Circulación, en su artículo 91.2.c establece que “ Cuando se obstaculice la utilización normal del paso de salida o acceso a un inmueble de personas o animales, o de vehículos en un vado señalizado correctamente”. Si un coche está obstaculizando la entrada o salida a un garage sin vado, legalmente no habría obligación de retirarlo. Y es que precisamente el pago del Vado faculta a sus usuarios para exigir de las autoridades policiales la retirada de vehículos que obstruyan la normal entrada y salida de vehículos en ese garage. Pero si un garaje no tiene Vado, no tiene derecho a que el servicio municipal de grúa acceda a esa petición. Con el pago del Vado lo que se está haciendo es indemnizar al Ayuntamiento por el uso que hacen los vehículos del garaje de las aceras municipales al entrar y salir, constituyendo una servidumbre.


Por lo tanto en líneas generales, si un garaje no tiene Vado, a efectos municipales no es un garaje. Por supuesto en la práctica dependerá de la interpretación que le dé el agente de la autoridad en cuestión, que puede, por ejemplo, tramitar la denuncia por bloqueo del garaje pero no proceder a la retirada del vehículo.


Nuestro consejo es que, ante la posibilidad de estacionar delante de un garaje sin vado, lo mejor es no hacerlo, sobre todo por las tensiones que se pueden producir en el momento. Y es que una reciente Sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid, en concreto, de 27 de Septiembre de 2013, condena a una mujer a pagar una multa de 120 euros por delito de coacciones: en este caso, la mujer estacionó durante 2 horas delante de un garaje sin la correspondiente placa de Vado, desoyendo las quejas de los propietarios de dicho garaje así como de la Guardia Civil que se personó en el lugar posteriormente. Como dice la Sentencia, el Vado otorga derecho a recabar auxilio de las autoridades para retirar los vehículos que obstruyan el normal funcionamiento del garaje, pero no significa que se autorice el normal uso del mismo, afectando a las facultades de dominio de sus propietarios.

En cuanto al caso contrario, si se es propietario/usuario de un garaje sin licencia municipal, lo mejor será solicitarla para evitar todo este tipo de situaciones.