Alfonso López, director del ICCA, visitó Hermigua para interesarse por la situación agrícola del municipio

Instante de la reunión.(De izquierda a derecha) Pedro Medina, Alfonso López, Solveida Clemente y Nicolás Almenara

Dicha visita tuvo lugar tras el encuentro del director del ICCA con el presidente y la consejera insular del Área de Desarrollo del Territorio del Cabildo Insular de La Gomera

 Alfonso López, director del ICCA, aprovechando su visita de trabajo a la isla colombina acudió a la Villa de Hermigua en compañía del consejero Insular del Cabildo Pedro Medina, atendiendo de esta manera la invitación de la alcaldesa Solveida Clemente.
 
En dicha reunión en la que también estuvo presente el teniente de alcalde y  concejal de Infraestructuras, Obras y Servicios Nicolás Almenara, se abordaron entre otros temas, ante la situación de crisis económica que vive Canarias y que se agrava con la elevada tasa de desempleo en la isla de La Gomera, la necesaria apuesta por el sector primario.
 
La agricultura en La Gomera siempre ha supuesto una significativa aportación económica para las familias de la Isla y por ello en estos momentos de dificultades es cuando la Administración debe ofrecer un apoyo firme y claro a los productores de Miel de Palma y a los guaraperos que extraen la savia con sus técnicas artesanales.
 
Es por ello que el director general del ICCA mostró su total disposición para instar tanto al ministerio de Agricultura como a la Comisión Europea a que contemplen alguna excepción en la Directiva del Consejo en el sentido de llamar miel a otros productos que tradicionalmente hubieran sido llamados de esa forma aunque no coincidan con la definición del texto normativo.
 
De igual modo y manera, Alfonso López, a requerimiento del consejero del Cabildo Pedro Medina, afirmó también que el ICCA siempre ha considerado que el Almogrote de La Gomera sería susceptible de ser protegido por una Indicación Geográfica Protegida (IGP).
 
Para ello el director del ICCA recomienda a las autoridades gomeras que animen a la agrupación de productores y a una solicitud formulada por la citada agrupación que debe venir acompañada por un estudio justificativo y un pliego de condiciones de acuerdo a lo establecido en el Reglamento 1898/2006.