Continúa abierto el plazo para las ayudas de rehabilitación de viviendas privadas en San Sebastián de La Gomera

Hasta el miércoles, 27 de julio, se podrá presentar la documentación pertinente, a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento https://eadmin.sansebastiangomera.org/

El Ayuntamiento de San Sebastián de La Gomera informa que continúa abierto el plazo para solicitar las ayudas destinadas a la rehabilitación de viviendas de titularidad privada, en el término municipal de San Sebastián de La Gomera. En tal sentido, hasta el próximo miércoles, 27 de julio, a las 00:00 horas, se podrá presentar la documentación pertinente, a través de la Sede Electrónica del  Consistorio https://eadmin.sansebastiangomera.org/.

El alcalde de la entidad, Adasat Reyes Herrera, detalla que se trata de una línea de actuación a la que se acoge la Corporación local, en el marco del Programa Regional para combatir la Despoblación en el Medio Rural del Plan de Viviendas de Canarias 2020-2025, suscrito entre el Gobierno de Canarias y la Federación Canaria de Municipios (FECAM).

De igual modo, Reyes, recuerda que las bases que rigen la presente convocatoria están disponibles en el Tablón de Anuncios y Edictos del Ayuntamiento de San Sebastián de La Gomera, ubicado en la Sede Electrónica de la página web de la Corporación https://eadmin.sansebastiangomera.org/. También se podrá solicitar más información al respecto a través del Área de Servicios Sociales, y Gestión de Subvenciones del Consistorio.

Finalmente, otro aspecto importante a recalcar es que las actuaciones subvencionables de este proyecto contemplan la ejecución de obras o trabajos de intervención en viviendas unifamiliares y en edificios de tipología residencial colectiva. Asimismo, podrán ser beneficiarias de estas ayudas aquellas personas que, entre otros requisitos, sean propietarias o copropietarias de la vivienda en la que se van a realizar las obras de rehabilitación, o ser representantes de la Comunidad de propietarios en caso de ayudas a edificios. También, la vivienda objeto de la rehabilitación debe constituir la residencia habitual y permanente de la unidad familiar del solicitante.