Esteban Bethencourt pide rectificación de información.

El propio interesado señala que la información publicada por este digital no se corresponde con la realidad.

Haciendo uso del derecho que le otorga la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del Derecho de Rectificación, Esteban Bethencourt, al sentirse perjudicado por una información aparecida en este digital en la que se señalaba que no había sido posible su localización para comunicarle la Resolución nº 3129, de 21 de noviembre de 2012, por la que se resuelve el expediente de reintegro de haberes abonados indebidamente manifiesta que:

En su día recibió la notificación de la mencionada consejería y sin presentar recurso alguno , ingreso la cantidad a la que hace referencia la resolución y que asciende a un total de 42 euros.

Manifiesta ademas, no encontrarse en paradero desconocido , tal y como este medio afirma y que la publicación del BOC , pueda obedecer a algún error.

Ruega sea publicada esta nota de rectificación por nuestra parte , tal y como le ampara la ley.


Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del Derecho de Rectificación.: Toda persona, natural o jurídica, tiene derecho a rectificar la información difundida, por cualquier medio de comunicación social, de hechos que le aludan, que considere inexactos y cuya divulgación pueda causarle perjuicio.
Podrán ejercitar el derecho a rectificación el perjudicado aludido o su representantes y, si hubiese fallecido aquél, sus herederos o los representantes de éstos.