Transportes supervisa las cancelaciones de vuelos a La Gomera de este mes

Aeropuerto de Alajeró, La Gomera

Desde comienzos de marzo mantiene contactos directos con Binter y con las instituciones locales al objeto de garantizar el cumplimiento del servicio y los derechos de los ciudadanos gomeros

La Dirección General de Transportes del Gobierno de Canarias mantiene una estrecha línea de trabajo con la compañía aérea Binter Canarias para garantizar que la ruta, sometida a obligación de servicio público (OSP), entre los aeropuertos de La Gomera y Tenerife Norte se cubre dentro de los términos establecidos con el Ministerio de Fomento y acordes con la normativa española de seguridad aérea.

Elías Castro, responsable del departamento, supervisa desde comienzos de este mes los motivos por los que la aerolínea ha cancelado vuelos en esta ruta o abortado la aproximación al aeropuerto gomero. Así queda constancia en la documentación remitida por Binter Canarias a la Dirección General el pasado día 11.
Para los vuelos afectados de los días 2, 7 y 9 de marzo, Binter Canarias aporta datos meteorológicos que justifican, desde una perspectiva técnica y de seguridad aérea, la cancelación o regreso al aeropuerto de origen de dichos servicios.

Esta misma mañana el director general de Transportes ha vuelto a contactar con la aerolínea para conocer los motivos de la cancelación de otro vuelo en la jornada de ayer. Así se lo ha hecho saber a diversos representantes públicos que se han interesado por estas cancelaciones, así como a los habitantes de la isla colombina.

Cabe recordar que por su carácter de servicio público de obligado cumplimiento por parte de la aerolínea, cada vuelo que no realiza supone que el Ministerio de Fomento no le abona la cantidad estipulada para la realización obligatoria de dicha ruta. Además, debe costear el traslado de los pasajeros a su destino mediante otros medios (barco) o su alojamiento hasta un nuevo vuelo.

Con estas medidas, la Dirección General de Transportes continúa con su línea de trabajo para que se cumpla con la prestación de servicios de transporte interinsular de pasajeros en las Islas, sobre todo en aquellas rutas que están sometidas a obligación de servicio público, para garantizar que los derechos de los gomeros y los herreños no se vulneren y estén en las mismas condiciones que los habitantes del resto de las islas.